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La ‘ley del solo sí es sí’ presenta modificaciones en las penas, duplicando la propuesta inicial de Igualdad en el proceso de tramitación

El Ministerio de Irene Montero respalda el aumento en las penas con el objetivo de «tender puentes» con el PSOE, manteniendo la importancia del consentimiento

17/04/2023 – RM Noticias. Mira

La Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, también conocida como la «ley del solo sí es sí», ha experimentado un largo proceso de tramitación bajo el gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos. Pasaron más de dos años desde que el anteproyecto de ley fue aprobado por el Consejo de Ministros en marzo de 2020, hasta su promulgación en agosto de 2022. Sin embargo, la redacción original de la ley podría ser una de las más efímeras, ya que enfrenta su primera reforma tan solo seis meses después de entrar en vigor.

La reforma se debe a la propuesta presentada por el PSOE para aumentar las penas en casos de agresiones cometidas con violencia o intimidación. Esta iniciativa surge a raíz de casi mil reducciones de condenas a agresores y alrededor de un centenar de liberaciones ordenadas por tribunales de toda España desde la entrada en vigor de la norma el 7 de octubre.

Durante los más de tres años de debate sobre la ley, los socios de gobierno han incrementado gradualmente las penas propuestas para ciertos casos. La última propuesta de Unidas Podemos es la más severa y, en algunos casos, duplica las sanciones previstas en su propuesta inicial. Fuentes del partido admiten que este aumento no se ajusta al marco penal que buscaban establecer al inicio de la tramitación de la ley. No obstante, señalan que es un efecto que se asume para «tender puentes» hacia la posición del PSOE, manteniendo intacto el modelo que define las agresiones sexuales como cualquier conducta en la que la víctima no ha expresado su consentimiento.

Establecer delitos contra la libertad sexual basados en elementos distintos a la mera falta de consentimiento es una línea roja para el Ministerio de Igualdad, liderado por Irene Montero. Por ello, la propuesta busca encontrar un equilibrio entre las demandas del PSOE y el enfoque centrado en el consentimiento de Unidas Podemos.

Penas en hasta cuatro supuestos diferentes de delitos contra la libertad sexual

Tras constatar que la nueva escala de penas en la norma vigente tenía el efecto indeseado de reducir condenas a agresores sexuales (978 casos, según el último balance oficial del Consejo General del Poder Judicial, un tercio de los casos revisados), el Ministerio de Igualdad ha aceptado aumentar las penas en hasta cuatro supuestos diferentes de delitos contra la libertad sexual. Esto se logra al considerar la violencia y la intimidación como circunstancias agravantes, en lugar de elementos definitorios.

Este enfoque incrementa el castigo por encima de la propuesta del PSOE, cuya reforma crea un subtipo penal específico en el que las agresiones con violencia o intimidación tienen una pena más alta que las cometidas sin estos medios. Sin embargo, estas penas siguen siendo inferiores a las que se aplican en casos donde se presentan circunstancias consideradas agravantes en el Código Penal. Así, la propuesta busca un equilibrio entre la postura del PSOE y la de Unidas Podemos, que se centra en el consentimiento.

La severidad de las penas propuestas por Unidas Podemos en su contrapropuesta es aún mayor si se compara con el primer texto impulsado por el Ministerio de Igualdad, incluido en el anteproyecto de ley presentado en marzo de 2020. Este texto contemplaba penas máximas inferiores a las vigentes en ese momento, según el Código Penal de 1995, en tres supuestos de agresión. Las agresiones sexuales con violencia o intimidación tenían una pena máxima de cinco años, mientras que Igualdad propuso un máximo de cuatro años. En el caso de agresiones con penetración y violencia o intimidación, se pretendía reducir la pena máxima de 12 a 10 años. Por último, se planteaba el mismo cambio, de 12 a 10 años, para las agresiones a menores de 16 años con penetración sin violencia o intimidación.

Rectificación del anteproyecto

Las diferencias entre el Código Penal vigente en ese momento y el que modificó la ley del «solo sí es sí» llevaron al Consejo General del Poder Judicial a advertir que se producirían numerosas rebajas de penas y excarcelaciones casi automáticas. Esto se debe a que ningún recluso puede estar condenado por un castigo superior al máximo previsto para el delito por el que fue sancionado. El Gobierno rectificó el anteproyecto en la redacción final de dos de estos tres supuestos, aunque no modificó el de las agresiones sin acceso carnal, pero con violencia o intimidación. Esta situación ha provocado muchas de las rebajas que se están produciendo actualmente y ha llevado al PSOE a proponer la vuelta al marco penal anterior, aumentando la pena máxima de cuatro a cinco años en dicho supuesto.

La propuesta actual presentada por Unidas Podemos aumenta significativamente las penas en comparación con la propuesta inicial del anteproyecto de ley, incluso duplicando en algunos casos, tanto en los supuestos que se corrigieron en la redacción final de la norma como en otros que no se modificaron. Por ejemplo, en el caso de las agresiones sin penetración pero con violencia o intimidación, el Ministerio de Igualdad plantea ahora penas de dos a ocho años de cárcel, en contraste con la horquilla vigente de entre uno y cuatro años. En cuanto a la agresión con penetración y violencia o intimidación, el texto de 2020 proponía penas de 5 a 10 años, mientras que ahora se plantean penas de entre 7 y 15 años.

En el caso de las agresiones cometidas sobre menores de 16 años, los cambios propuestos por el Ministerio de Igualdad implican incrementos tanto en las penas máximas como en las mínimas. Por ejemplo, en las agresiones con penetración sin violencia o intimidación supuestamente consentidas, se plantea aumentar las penas de una horquilla de 6 a 10 años a una de 8 a 12 años. Aunque el consentimiento en menores siempre se considera inválido, Unidas Podemos propone un marco penal distinto para los casos en los que se obtenga ese consentimiento y los que no, que tendrían castigos más severos, con un mínimo de 10 años y un máximo de 15 años.

En cuanto a las agresiones a menores con acceso carnal y violencia o intimidación, la propuesta actual aumenta las penas. Del rango de 10 a 15 años que se planteó en el anteproyecto (y que se mantuvo en la ley), se pasa ahora a una pena mínima de 12,5 años. Estos cambios reflejan un enfoque más severo en el tratamiento legal de las agresiones sexuales a menores de 16 años.

Igualdad no asume la existencia de penas excesivamente altas

“De lo que se trataba era de preservar el tipo básico, el modelo. Y para eso había que hacer algunos ajustes. Es verdad que la violencia tiene ahora un tratamiento más severo, pero ha sido el camino que había que seguir para poner alternativas encima de la mesa que frenen la intención de darle la vuelta a todo lo que habíamos conseguido”, finalizan fuentes consultadas y recogidas de El País.

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