viernes, septiembre 29, 2023
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Las claves del pleno de Constitucional: decide si frena la reforma para su renovación

Unidas Podemos pide a la justicia europea que intervenga por el pleno del TC

El pleno del Tribunal Constitucional resuelve este lunes si paraliza la tramitación parlamentaria de los cambios en el Poder Judicial y en el propio alto tribunal. El Gobierno confía en que ese choque no llegue a producirse y que los magistrados permitan la votación del jueves en el Senado.

Sobre la mesa, si frena la tramitación parlamentaria de la reforma legal impulsada por la coalición de Gobierno para renovar a los magistrados de ese tribunal con mandato caducado, decisión que el alto tribunal pospuso el jueves y que puede abrir una crisis institucional.

En un pleno extraordinario se abordará el recurso de amparo presentado por el PP donde pide suspender la tramitación parlamentaria de dos enmiendas por las que se reforma el sistema de elección y llegada al propio TC de los dos candidatos que corresponde nombrar al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El jueves se sorteó el choque con el Congreso, donde se aprobó la reforma, pero esta semana la iniciativa, recurrida por le PP, se tramita en el Senado.

La Cámara Alta ya ha fijado su agenda para esta semana, con la iniciativa en una Comisión de Justicia el martes y en el pleno el jueves, pero todos los ojos vuelven a estar en el Constitucional.

¿Qué informes debe estudiar el Constitucional?

El Tribunal debe estudiar los informes presentados por PSOE, Vox y Unidas Podemos y la petición de esta formación para que sean recusados dos magistrados -el propio presidente, Pedro González-Trevijano, y Antonio Narváez- afectados directamente por la reforma, ya que tienen el mandato caducado y saldrían del Constitucional si se aprobara.

El tribunal está dividido y la abstención de estos dos magistrados decantaría la balanza a favor del bloque progresista, contrario a paralizar de forma cautelar la tramitación parlamentaria de la ley. 

Son once los magistrados del TC que están citados para este Pleno extraordinario. Según las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, los seis magistrados de la mayoría conservadora se inclinan por dar vía libre a la suspensión de la tramitación parlamentaria, aunque algunas voces advierten de que hay «entusiasmos distintos», mientras que los cinco magistrados de la mayoría progresista no ven con buenos ojos la injerencia en el Poder Legislativo.

Las fuentes apuntan que el debate podría situarse en las recusaciones planteadas por Unidas Podemos. El partido ‘morado’ cree que tienen un «interés directo» porque serían los dos magistrados reemplazados por los dos aspirantes nominados por el Gobierno –el ex ministro Juan Carlos Campo y la ex alto cargo de Moncloa Laura Díez– si la reforma queda aprobada.

Y ello porque, si González-Trevijano y Narváez no se apartan voluntariamente, se abre un incidente de recusación que tiene un efecto suspensivo sobre el conjunto del procedimiento hasta que quede resuelto, para lo cual hay una tramitación concreta que contempla plazos de varios días, un paréntesis durante el cual daría tiempo a que el Senado aprobara en su Pleno del próximo jueves la proposición de ley que elimina la sedición y todas sus enmiendas, incluidas esas dos.

En consecuencia, las recusaciones se han convertido en la principal baza para lograr que el Parlamento apruebe la reforma antes de que el Constitucional pueda evitarlo. Pero, para llegar a este escenario, las fuentes subrayan que deben darse dos condiciones: que el Pleno acceda a debatir la petición ‘morada’ de apartar a González-Trevijano y Narváez, y que lo haga antes de analizar las medidas cautelarísimas.

El orden del día no contempla las recusaciones planteadas por Podemos

En esta tesitura, el primer escollo es el orden del día. En él no figura la cuestión de las recusaciones, por lo que, en el caso de que los magistrados progresistas plantearan tratarlas, la decisión competería a González -Trevijano en calidad de presidente. A este respecto, las fuentes recuerdan que, aunque la costumbre es respetar el sentir mayoritario, en realidad no le vincula, de modo que puede decidir lo que considere oportuno.

Resuelto esto, el segundo obstáculo sería el cuándo discutirlo. Unas fuentes sostienen que el asunto de las recusaciones debería abordarse después de resolver la admisión del recurso ‘popular’ y antes de debatir la paralización de la tramitación parlamentaria. Sin embargo, otras entienden que el carácter especialmente urgente de las medidas cautelarísimas es razón suficiente para resolverlas antes de discutir las recusaciones.

En sus más de 40 años de historia el Tribunal Constitucional nunca ha impedido discutir y votar en las Cortes Generales, por lo que sería una medida inédita que -alegan- sí provocaría una «perturbación grave» por la interferencia en el Poder Legislativo y la afectación a los derechos del resto de diputados y de los ciudadanos a los que representan.

Unidas podemos pide a la justicia europea que intervenga

El grupo parlamentario de Unidas Podemos ha anunciado que registrará  un escrito dirigido al TC de solicitud de presentación de una cuestión de prejudicialidad al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que decida sobre una serie de cuestiones «prejudiciales que afectan al TC y al desarrollo del Pleno convocado para este mismo lunes».

Asimismo, solicitará que establezca si los magistrados Pedro José González-Trevijano Sánchez (presidente) y Antonio Narváez Rodríguez deben abstenerse de modo automático «por falta de imparcialidad», y si, de incumplirlo, se sitúa al procedimiento afectado en un cauce de nulidad de las actuaciones.

Entre otras razones, agrega, “para no entrar en conflicto con las previsiones establecidas en el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea”.

Unidas Podemos busca también con esta actuación judicial que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, con sede en Luxemburgo, deje «meridianamente claro» cómo debe aplicarse la abstención de magistrados en concreto en el Constitucional “que es el último órgano decisorio en vía interna de un Estado miembro” o si esa abstención “es un deber de carácter absoluto y automático cuando concurran las circunstancias legalmente previstas en el ordenamiento interno”.

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