Salvo en las áreas forestales, en aquellas adyacentes o con una distancia inferior a 100 metros
28/047/2023 – RM Noticias. Mira
A partir del 29 de abril de 2023, se autoriza nuevamente la quema de residuos agrícolas, siguiendo las instrucciones y condiciones establecidas en la Resolución de 10 de febrero de 2023 de la Consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica (DOGV n.º 9540 del 23.02.2023). Sin embargo, esta práctica no está permitida en terrenos forestales, en aquellos adyacentes o a menos de 100 metros de distancia de estos.
La restricción en la zona de 100 metros se aplica tanto a los municipios que poseen un Plan Local de Quemas como a aquellos que no cuentan con dicho documento
Es importante recordar que la utilización del fuego para eliminar residuos agrícolas en toda la zona de influencia forestal (franja de hasta 500 metros adyacentes a terreno forestal) debe llevarse a cabo de acuerdo con las condiciones mínimas establecidas en el Anexo III de la mencionada Resolución de 10 de febrero de 2023. Se debe actuar con seguridad y prudencia para minimizar posibles negligencias que puedan resultar en un incendio forestal, y nunca en la franja de 100 metros colindante con el terreno forestal.
Según esta nueva Resolución, en términos generales, se permitirán quemas agrícolas en terrenos agrícolas ubicados en la franja entre 100 y 500 metros de distancia al terreno forestal, siempre que se encuentren en alerta 1 y se realicen hasta las 13:30 horas. Los municipios que NO cuenten con un plan local de quemas aprobado deberán obtener el permiso correspondiente.
Los municipios que cuentan con un plan local de quemas aprobado NO podrán llevar a cabo quemas agrícolas en la franja de 0 a 100 metros de distancia al terreno forestal. En la franja de 100 a 500 metros, las quemas se realizarán de acuerdo con lo establecido en su respectivo plan local de quemas.